miércoles, 30 de noviembre de 2011

Números rojos en su cuenta corriente: el paraíso de los bancos



¡Por fin! Después de tanto sufrimiento con aquel cacharro de televisión que “heredó” de su época estudiantil y que tantos quebraderos de cabeza le ha traído, llegó la hora de jubilarlo. Tras varios meses apretándose el cinturón, entra en la despampanante tienda de electrodomésticos del centro comercial, elige el televisor de pantalla plana de sus sueños, se acerca a la caja y paga su adquisición con su flamante tarjeta de débito.

Diez días después, el que podía haber sido un día de alegría y felicidad se ha convertido en un mal sueño: el banco le avisa que su cuenta corriente ha entrado en números rojos y que tendrá que hacerse cargo a la mayor brevedad posible de su deuda y de los intereses y comisiones que ésta ha provocado. 

¿Qué ha ocurrido? Tuvo mala suerte. El destino le abandonó aquel día. Para empezar, la nueva contable de su empresa omitió un número de su cuenta corriente y el dinero de su nómina todavía anda perdido por el ciberespacio. Además, el colegio de sus hijos le pasó la derrama extraordinaria del semestre sin avisarle; el recibo de la luz llegó con una lectura estimada desmesurada: a su mujer se le estropeó el móvil y lo cambió por un smartphone con acceso a Internet y usted tuvo que invitar a media familia a comer en un restaurante con motivo de su cumpleaños. En resumen, 1.500 euros de descubierto y unos intereses y comisiones bancarias de…. ¿cuanto pueden cobrar legalmente los bancos por un descubierto de este tipo?


Ante todo aclararles que todas estas comisiones e intereses que les vamos a detallar tienen que estar, obligatoriamente, publicadas en un tablón de anuncios situado en un lugar destacado en todas las oficinas de banco. Asimismo, en el momento de firmar el contrato para operar con la cuenta corriente, el banco tiene que informar por escrito de la penalización que puede sufrir si su saldo es negativo.

Estas penalizaciones son básicamente de tres tipos: comisión por descubierto, intereses deudores y comisión por reclamación de posiciones deudoras.

- Comisión por descubierto. Se aplica sobre el mayor saldo en descubierto durante el periodo de liquidación. Traducido: si el día 1 adeuda 100 euros, el día 7 su saldo negativo es de 1.500 euros y el día 9 de tan sólo 300, la comisión que le aplicará el banco será sobre 1.500 euros durante los días que dure el descubierto. Todo esto con una salvedad, si los números rojos son consecuencia de las distintas fechas de valoración atribuidas a los ingresos y reintegros en la cuenta corriente por la mecánica bancaria habitual, no se puede aplicar esta comisión, ya que no es un descubierto que se pueda atribuir al cliente.
Su importe, junto con el de los intereses por el descubierto, no podrá ser superior a 2,5 veces el interés del dinero (en 2011 está fijado en el 4%). O sea, su banco durante el 2011 no podrá cobrarle un TAE superior al 10% por la aplicación de estos dos conceptos.

- Intereses deudores. Ya sabe, su descubierto actúa igual como un préstamo y, en este caso, el banco impone los intereses unilateralmente, no los pacta con usted. De todas formas, no podrá superar el 10% TAE junto con la comisión por descubierto como ya hemos indicado en el punto anterior.

- Comisión por reclamación de posiciones deudoras. Aquí es donde llega el desmadre. El banco tiene la obligación de informar al consumidor sobre el descubierto producido incluyendo su importe, el tipo de interés que se le aplica, las posibles penalizaciones y los gastos o intereses de demora que le pueden pedir. Esta comunicación se puede efectuar por teléfono, por carta ordinaria o certificada, por correo electrónico e incluso por un SMS dependiendo de cada entidad y de la relación que tengan con sus clientes. El problema llega con lo que cobran, ya que por esta “gestión” pueden cargarle en cuenta, prácticamente, lo que les venga en gana; no está regulado y el banco puede alegar que tuvo que trabajar mucho para poder avisarle. En numerosas ocasiones, esta comisión es superior a la suma de las dos anteriores, dándose casos de descubiertos de unos pocos euros y comisiones de 30 euros por la gestión de reclamación.


Por si les sirve para evitarlas, indicar que salvo en los casos en que el cliente no tiene más remedio que estar en números rojos debido a su situación económica, la mayoría de los descubiertos se producen por los siguientes motivos:

- Realizar un gasto un tanto elevado sin consultar antes el saldo bancario.

- Utilización por varias personas de una misma cuenta corriente.

- Retraso en el ingreso de la nómina, pensión o subsidio de desempleo. Cuidado con los días festivos a principios de mes que le pueden jugar una mala pasada.

- Domiciliación de recibos no periódicos. Pueden juntársele varios recibos de forma inesperada en unos pocos días y hacerle entrar en números rojos.

- Cierre de cuenta o mejor dicho, cierre en falso de cuenta corriente. Muchos usuarios deciden sacar todo su dinero de su cuenta sin cerrar la misma. Quizá crean que la podrán utilizar posteriormente o simplemente les viene mal acercarse hasta la sucursal bancaria. Una cuenta, aunque tenga 0 euros continúa produciendo gastos de mantenimiento... y esos gastos provocan un descubierto. En el siguiente periodo tendrá gastos de mantenimiento más comisiones e intereses y así hasta que decida cancelar definitivamente la cuenta previo pago, claro está, de lo que adeuda al banco.
Lo siento, pero tendrá que pagar ya que en caso contrario, incluirán su nombre en registros de morosos, y a partir de ahí, su vida puede convertirse en una pesadilla con denegación de prestamos, de tarjetas de crédito, de hipotecas...

En caso de duda, recuerde la máxima que dice que “el banco siempre gana”.

1 comentario:

mantenimiento cuenta dijo...

Hay que andar alerta con las comisiones de mantenimiento que imponen algunas entidades bancarias. ¡Por eso es necesario buscar las que ofrecen mejores condiciones!

Saludos,
Laura